La Asamblea Nacional aprobó una reforma a la Ley Número 89, Ley de “Autonomía de las Instituciones de Educación Superior”.
La reforma tiene como objetivo que los bienes e ingresos de cualquier naturaleza serán administrados con plenitud por las Universidades y Centros de Educación Técnica Superior, sin estar sujetos al pago de impuestos de ninguna índole.
Con estas reformas se establece que las universidades puedan hacer uso adecuado de sus propios recursos provenientes del 6 por ciento constitucional y de otros ingresos adicionales.
Eficiencia en los servicios básicos
La Presidenta de la Comisión de Educación, Cultura y Deportes, diputada Ángela Espinoza, explicó que las universidades públicas, podrán ejecutar proyectos que les permitan ahorrar recursos para hacer uso más eficiente de los servicios de telefonía, agua potable y energía eléctrica.
“Esta reforma llevará a nuestras instituciones de educación superior a hacer más amigable con el medio ambiente, ahorrando energía y el vital líquido, como es el agua y la telefonía, de manera que las instituciones de educación superior deben de tomar las medidas necesarias a fin de cumplir con el pago de estos servicios. Esto va a permitir ser más eficientes con los recursos de nuestro gobierno, de manera que estamos apoyando esta iniciativa“, destaca Espinoza en su intervención.
En la Constitución Política de la República de Nicaragua establece en su artículo 125 que: “Las Universidades y Centros de Educación Técnica Superior gozan de autonomía académica, financiera, orgánica y administrativa, de acuerdo con la ley. Estarán exentos de toda clase de impuestos y contribuciones fiscales, regionales y municipales”.
El 6 % constitucional que recibe el Sistema Educativo Superior queda más que ratificado con esta reforma, al igual que las capacidades de pago de las universidades públicas.
Esta iniciativa fue remitida a la Asamblea Nacional por el Presidente de la República, Comandante Daniel Ortega Saavedra.