Asamblea Nacional aprueba iniciativa que adscribe la Dirección General de Minas a la PGJ

Feb 11, 2026

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La Asamblea Nacional, de manera unánime, aprobó a solicitud de la Presidencia de la República la iniciativa de Ley para adscribir la Dirección General de Minas (DGM) a la Procuraduría General de Justicia (PGJ), con la finalidad del aprovechamiento sustentable de dichos recursos minerales, la agilización de los trámites y la seguridad jurídica para el Estado y para los particulares que desarrollan actividades e inversión en el sector minero.

Reformas a la Ley Orgánica de la PGJ

En el artículo primero de esta iniciativa se establecen adiciones a la Ley Número 1259, Ley Orgánica de la PGJ.

En este sentido, se adicionan también como funciones de la PGJ, ejercer la Dirección, Control y Supervisión de la Dirección General de Minas adscrita a la Procuraduría General de Justicia, y ejercerá su labor a través de la Procuraduría Nacional para la Defensa del Medio Ambiente y los Recursos Naturales.

A partir de la aprobación de esta iniciativa, la Dirección General de Minas es una instancia adscrita a la Procuraduría General de Justicia, a través de la Procuraduría Nacional para la Defensa del Medio Ambiente y los Recursos Naturales.

A esta última entidad le corresponde administrar el uso y explotación de minas y canteras, mediante la aplicación del régimen de concesiones y licencias vigentes, conforme a las normas de sostenibilidad técnicas y regulaciones establecidas por el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA).

Igual coordinar y administrar el Sistema de Catastro de los mismos, tramitar de acuerdo a la Constitución Política de la República de Nicaragua y las leyes de la materia, las solicitudes de concesiones y licencias, así como negociar los términos de las mismas y otorgarlas; suspenderlas o cancelarlo cuando violen las normas técnicas y regulaciones establecidas por el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA) y requerir de las autoridades de la Costa Caribe de Nicaragua, las correspondientes opiniones sobre las solicitudes de concesiones mineras, las que deberán ser emitidas en un plazo no mayor de 10 días hábiles.

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